viernes, 2 de enero de 2009

Regulación de la actividad nocturna
La Dirección de Fiscalización recuerda que se encuentra vigente la ordenanza 3422/06 por la cual se ordena la actividad nocturna del Municipio.

La misma fija las 7 de la mañana como horario de cierre, sin excepción, de locales de esparcimiento, confiterías bailables, bares, paradores, kioscos de playa y otros lugares de actividad nocturna. En la misma norma se impone los propietarios la contratación de de servicio de policía adicional con un mínimo de ocho cada mil personas, y de las cero horas hasta las ocho de la mañana.

Finalmente, en el artículo tercero se habilita a la Dirección de Fiscalización-con el apoyo de la Policía Comunal-a efectuar los controles correspondientes para garantizar el cumplimiento de la ordenanza citada.

Por otra parte, la venta y expendio de alcohol debe concluir una hora antes del cierre del local, a las seis de la mañana.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

En el boliche max deam de bunge y avda del mar que funciona al lado de pizza hot en los misos horarios no hay ningún policia adicional

Anónimo dijo...

en la playa de estacionamiento publico que está en el frente de pita en bunge y el mar se arma todas las noches una reyerta entre jovenes y no tanto que matan con el bochinche y la musica de los autos a todo lo que da y rompen los vidrios y las puertas del edificio que esta arriba con gente grande y chicos que vienen a descansar y ni la muni ni la cpoli hacen nada, por que?????